Guías para empresas

Cerrar la empresa

Cuando la operación de una empresa se vuelve insostenible, llega el momento de liquidarla y, junto con ella, la sociedad mercantil que la creó. 

Esto significa que es necesario terminar las actividades mercantiles para utilizar los bienes disponibles en el pago de deudas y el reparto de los remanentes entre socios.

Motivos por los que se puede disolver una sociedad mercantil 


Por lo general, las sociedades se disuelven debido a cinco causas previstas en la Ley General de Sociedades Mercantiles:

  1. Cuando concluyen los términos temporales establecidos en el contrato social.
  2. Porque ya no es posible llevar a cabo el objeto principal de la sociedad, o bien, porque ya fue realizado.
  3. Por común acuerdo entre los socios y de conformidad con el contrato y la Ley.
  4. Por una reducción del número de accionistas que llegue a ser inferior a lo que la Ley establece o porque las partes de interés se reúnen en una sola persona.
  5. Por la pérdida de las dos terceras partes del capital social.

Tipos de sociedades mercantiles que se pueden liquidar

Se pueden disolver los siete tipos de sociedades reconocidas por la legislación mexicana:

  1. Sociedad en Nombre Colectivo.
  2. Sociedad en Comandita Simple.
  3. Sociedad de Responsabilidad Limitada.
  4. Sociedad Anónima.
  5. Sociedad en Comandita por Acciones.
  6. Sociedad Cooperativa.
  7. Sociedad por Acciones Simplificada.

Alternativas para liquidar una sociedad mercantil

Para dar por terminada una sociedad mercantil existen dos alternativas:

  1. Con ayuda de un fedatario público para que mediante un acta disuelva la sociedad.
  2. A través del procedimiento simplificado de disolución y liquidación de empresas de la Secretaría de Economía, cuyo trámite se puede hacer de manera gratuita.

Cómo liquidar una sociedad mercantil

Sin importar la alternativa que elijas para dar por terminada la sociedad mercantil, tus socios y tú deben acordar la liquidación, así como asentar los términos en una acta de disolución.

A su vez, deberán nombrar a uno o varios liquidadores, quienes serán los responsables de llevar a cabo las siguientes acciones:

  1. Publicar el acta de disolución en el sistema electrónico Publicaciones de Sociedades Mercantiles de la Secretaría de Economía.
  2. Terminar con las operaciones sociales que pudieran quedar pendientes al momento de la disolución.
  3. Realizar los cobros pendientes a clientes o proveedores y pagar lo que la sociedad deba.
  4. Vender los bienes de la sociedad.
  5. Liquidar con el patrimonio de la sociedad a cada socio, de manera proporcional a sus aportaciones.
  6. Someter a discusión y aprobación de los socios el balance final de la liquidación, en la forma que corresponda a cada uno y según el tipo de sociedad. Este balance final, una vez aprobado, se inscribirá en el Registro Público de Comercio.
  7. Obtener del Registro Público de Comercio la cancelación de la sociedad, una vez concluida la liquidación.

Buscador