Atribuciones

Las atribuciones de la Dirección General de Programación, Presupuesto y Contabilidad son:

  1. Elaborar, y proponer a su superior jerárquico, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, criterios específicos y procedimientos para la administración de los recursos financieros de la Secretaría y de las entidades paraestatales sectorizadas por esta;
  2. Coordinar la elaboración del anteproyecto de presupuesto de la Secretaría y entidades paraestatales sectorizadas a ésta, que será sometido a la aprobación de la persona Titular de la Secretaría por conducto de la Unidad de Administración y Finanzas, y remitirlo a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
  3. Coordinar, en congruencia con las disposiciones jurídicas aplicables, la integración de la estructura programática de la Secretaría y de las entidades paraestatales sectorizadas a ésta, así como dar seguimiento al cumplimiento de los indicadores y sus metas;
  4. Integrar la planeación de los programas y proyectos de inversión de la Secretaría, de conformidad con la información que proporcionen las unidades administrativas, el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría y las entidades paraestatales sectorizadas a ésta, así como promover el registro y actualización de los mismos en la cartera de inversión;
  5. Fungir como instancia administrativa única de la Secretaría y entidades paraestatales sectorizadas a ésta, para tramitar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público las solicitudes y consultas en materia presupuestaria y contable;
  6. Establecer los procedimientos internos y las líneas de acción en materia de programación, presupuesto y ejercicio de los recursos financieros que apliquen en su gestión las coordinaciones administrativas a que se refiere el último párrafo del artículo 13 del presente Reglamento;
  7. Comunicar a las unidades administrativas y a al órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría, así como a las entidades paraestatales sectorizadas a ésta, sus presupuestos aprobados y las disposiciones normativas para el proceso interno del ejercicio programático-presupuestario, así como dar seguimiento a dicho ejercicio para coadyuvar a la eficacia y eficiencia del gasto público;
  8. Planear, programar y ejercer el presupuesto de servicios personales de la Secretaría y coordinar el ejercicio del gasto de servicios personales de las entidades paraestatales sectorizadas a ésta, así como gestionar las adecuaciones presupuestarias correspondientes ante las autoridades competentes;
  9. Coordinar el ejercicio del presupuesto autorizado que esté centralizado en las Direcciones Generales subordinadas directamente a la Unidad de Administración y Finanzas;
  10. Autorizar, informar y, en su caso, gestionar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, las adecuaciones presupuestarias que planteen las unidades administrativas, el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría y las entidades paraestatales sectorizadas a ésta, así como las demás que se requieran para la administración del presupuesto;
  11. Verificar que los pagos que autoricen las unidades administrativas y órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría con cargo a sus presupuestos, cuenten con la documentación justificativa y comprobatoria, la disponibilidad presupuestaria y gestionarlos ante la Tesorería de la Federación;
  12. Gestionar ante la Tesorería de la Federación la aplicación de los reintegros presupuestarios correspondientes a las devoluciones de los recursos que realicen las unidades administrativas y el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría;
  13. Integrar la contabilidad de la Secretaría y el registro que corresponda en el sistema de contabilidad gubernamental que se establezca en la Dependencia, con apego a lo señalado en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como conformar y operar un archivo para la custodia y consulta de la documentación contable;
  14. Fungir como representante legal de la Secretaría en las declaraciones fiscales que deban presentarse ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y ante las autoridades competentes e instituciones bancarias para el ejercicio del presupuesto;
  15. Consolidar la información que requiera la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para la integración de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de la Secretaría y dar seguimiento a la que corresponde a las entidades paraestatales sectorizadas a ésta;
  16. Presentar ante las instancias correspondientes los informes presupuestarios, programáticos y contables que conforme a las disposiciones legales se requieran;
  17. Gestionar ante las autoridades hacendarias competentes la autorización de las tarifas de derechos, productos y aprovechamientos, conforme a los planteamientos que se reciban de las unidades administrativas, el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría y de las entidades paraestatales sectorizadas a ésta;
  18. Gestionar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público las autorizaciones presupuestarias de las reglas de operación de los programas sujetos a dicha obligación, de conformidad con las propuestas que presenten las unidades administrativas y el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría, así como las entidades paraestatales sectorizadas a ésta;
  19. Gestionar el registro, renovación, modificación, extinción y demás trámites presupuestarios de los fideicomisos, mandatos y contratos análogos coordinados por la Secretaría y por las entidades paraestatales sectorizadas a ésta;
  20. Formular y proponer a la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas los lineamientos y procedimientos para la elaboración, actualización y dictamen de los formatos de los trámites que deban inscribirse en el Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios;
  21. Dictaminar los formatos que deban inscribirse en el Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios, que elaboren las unidades administrativas de la Secretaría;
  22. Coordinar la integración de los programas de mejora regulatoria y reportes de avance de la Secretaría, así como fungir como ventanilla para la recepción y seguimiento de las solicitudes de dictamen regulatorio y de modificación a la información inscrita en el Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios, que envíen las unidades administrativas y el órgano administrativo desconcentrado de la misma Secretaría;
  23. Fungir como enlace de la Secretaría ante la Auditoría Superior de la Federación durante los trabajos de auditoría y revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal;
  24. Tramitar los requerimientos en materia de presupuesto y ejercicio del gasto que realicen las Oficinas de Representación en las entidades federativas de la Secretaría, a través de las coordinaciones administrativas;
  25. Integrar y proponer a la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas los inventarios de los procesos sustantivos y administrativos de la Dependencia y promover su mejora y actualización, y
  26. Elaborar las evaluaciones de impacto presupuestario de los proyectos de iniciativas de leyes, reglamentos, decretos y demás ordenamientos relacionados con las materias que sean competencia de la Secretaría, que vayan a ser expedidos por el titular del Ejecutivo Federal.

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