Atribuciones

Las atribuciones de la Dirección General de Recursos Humanos son:

  1. Aplicar la política y estrategias en materia de planeación y administración de los recursos humanos, estructuras organizacionales y salariales de la Secretaría;
  2. Proponer a la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas la estructura orgánica y ocupacional de la Secretaría y sus modificaciones para el cumplimiento de los objetivos institucionales, así como revisar y emitir opinión de las modificaciones organizacionales propuestas por las entidades paraestatales sectorizadas a esta, cuando así corresponda, conforme a las disposiciones legales aplicables;
  3. Proponer a la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas e instrumentar los procesos y programas para el reclutamiento, selección, capacitación, certificación de capacidades, desarrollo integral, evaluación del desempeño, separación y remuneraciones del personal de la Secretaría, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
  4. Suscribir los contratos de prestación de servicios profesionales por honorarios de las unidades administrativas de la Secretaría;
  5. Suscribir los nombramientos del personal de la Secretaría que dispongan las leyes de la materia, con excepción de los reservados a la persona Titular de la Secretaría y a la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas; así como expedir hojas de servicios, constancias, certificaciones, credenciales y demás documentos relativos al personal de la Dependencia;
  6. Coordinar las acciones necesarias para la operación, evaluación y control del proceso de elaboración de nómina y del pago de remuneraciones al personal, control de plazas, así como realizar el pago a terceros, de conformidad con las disposiciones aplicables; dando seguimiento y vigilancia a los movimientos ocupacionales e incidencias del personal;
  7. Planear y coordinar el sistema de escalafón de la Secretaría en términos de la normativa aplicable;
  8. Planear, diseñar, implementar y difundir los esquemas de profesionalización, para mejorar su desempeño y productividad, fomentando la coordinación con instituciones de educación superior para establecer programas de servicio social y prácticas profesionales;
  9. Coordinar la implantación de mejores prácticas en materia de recursos humanos que fomenten la productividad, el desarrollo y la mejora de la operación en la Secretaría;
  10. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones que rigen las relaciones laborales de la Secretaría, así como orientar al personal en materia de derechos y obligaciones derivados de las mismas;
  11. Establecer las normas y procedimientos, en coordinación con la Unidad de Apoyo Jurídico, para la aplicación de sanciones al personal, de acuerdo con las disposiciones aplicables, así como intervenir en el levantamiento de actas por incumplimiento de obligaciones laborales e imponer y revocar las medidas disciplinarias correspondientes;
  12. Apoyar a las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría en la conducción de la relación con la representación sindical para el logro de los objetivos institucionales;
  13. Resolver la aplicación de descuentos y retenciones autorizadas conforme a la ley y, en su caso, la recuperación de las cantidades correspondientes a salarios no devengados;
  14. Determinar, conjuntamente con la Unidad de Apoyo Jurídico, la separación de los servidores públicos cuando proceda en los términos de la ley y normativa establecida al respecto;
  15. Dar cumplimiento a las resoluciones, laudos o sentencias en materia laboral;
  16. Planear, diseñar y coordinar la comunicación interna de la Secretaría de acuerdo a lo establecido por la Unidad de Administración y Finanzas;
  17. Coordinar y participar en la revisión de las Condiciones Generales de Trabajo, difundirlas y vigilar su cumplimiento, así como en las comisiones mixtas, de su competencia, conforme a las disposiciones correspondientes;
  18. Conducir las acciones en materia de recursos humanos de las coordinaciones administrativas a que se refiere el último párrafo del artículo 13 del presente Reglamento;
  19. Administrar y operar el Sistema del Servicio Profesional de Carrera, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
  20. Integrar los Comités Técnicos de Profesionalización y de Selección, y proponer a los integrantes de los propios Comités, las medidas que considere adecuadas para el mejoramiento y operación del Sistema del Servicio Profesional de Carrera;
  21. Instrumentar lo relativo a la entrega de premios, estímulos y recompensas del personal de la Secretaría, de conformidad con las disposiciones aplicables en la materia y de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria respectiva;
  22. Fomentar la participación del personal y sus familiares en actividades recreativas, deportivas y culturales que permitan un desarrollo integral del capital humano, y
  23. Formular y proponer a la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, los lineamientos y procedimientos para la elaboración, actualización y dictamen de los manuales de organización, de procedimientos de las unidades administrativas de la Secretaría; asimismo, integrar el Manual de Organización General de la Secretaría y dictaminar los manuales de organización y de procedimientos.

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