Inicio > Guías para empresas > Emprender individualmente o en sociedad > Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)

Guías para empresas

Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)

Es el nuevo régimen fiscal enfocado en las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), las cuales obtienen los siguientes beneficios: 

  • Cálculo automático de impuestos. 
  • Facilidades administrativas.
  • Declaraciones programadas.
  • Bajas tasas del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

> Conoce otros regímenes y tipos de sociedades mercantiles

Características del RESICO

  • En él tributan: 
    • Las personas morales con ingresos anuales menores a 35 millones de pesos.
    • Las personas físicas con actividad empresarial que ingresen menos de 3.5 millones de pesos anuales.
  • En el caso de las personas físicas con actividad empresarial se eliminan:
    • Las deducciones dado que el cálculo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) es automático con base en lo facturado. 
  • En el caso de las personas morales se permite acumular ingresos cuando, efectivamente, se perciben; esto es, mediante el flujo de efectivo.
  • Se propone un esquema de deducción de inversiones a menor plazo. 
  • La determinación de los pagos provisionales deja de utilizar el coeficiente de utilidad obtenido del ejercicio fiscal anterior con el fin de apoyar a las micro y pequeñas empresas.
  • El contribuyente no tiene derecho a deducciones para ISR.
  • El contribuyente tiene derecho a deducciones para la Renta Gravable (PTU).
  • El IVA de las deducciones es acreditable.
  • Retención de 1.25% de ISR por personas morales. (Contribuyentes que realicen actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, a personas morales, estas últimas deberán retener la tasa del 1.25 %).
  • El contribuyente no tiene derecho al acreditamiento de ISR retenido en pagos provisionales.
  • Cancelación del CFDI global en el mismo mes. Los CFDI globales se emiten para todas aquellas ventas por las que ningún cliente solicitó un comprobante.
  • No hay cambios en lo referente al Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Inscríbete en el RESICO

Requisitos

  • Contar con e.firma y buzón tributario habilitado.

Te puede interesar: 

Los contribuyentes pueden ser dados de baja sin posibilidad de reinscripción en caso de que:

  • Incumplan con sus obligaciones fiscales.
  • Omitan la presentación de tres o más pagos mensuales en un ejercicio fiscal.
  • No presenten la declaración anual.

> Conoce más en el portal del SAT

Buscador