Atribuciones

  1. Proponer a la persona Titular de la Secretaría las estrategias para ejecutar la política comercial internacional;
  2. Conducir las relaciones y negociaciones comerciales internacionales;
  3. Administrar y supervisar los tratados y acuerdos comerciales internacionales de los que México sea parte, así como hacer la defensa legal de los mismos;
  4. Representar a México ante organismos y foros comerciales internacionales, con excepción de lo previsto en la fracción XVIII del artículo 5 de este Reglamento;
  5. Suscribir convenios que contengan compromisos por los cuales se suspendan o terminen las investigaciones por prácticas desleales de comercio internacional o celebrar acuerdos en el marco de investigaciones de medidas de salvaguarda, respecto de procedimientos instruidos en el extranjero en contra del Gobierno de México, sin perjuicio de las atribuciones que tiene al respecto la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales;
  6. Implementar la política en materia de comercio exterior ante organismos internacionales y socios comerciales, así como de promoción y atracción de inversión extranjera, en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores como responsable de la política exterior de México, y
  7. Conducir el fomento del comercio exterior, así como el diseño, operación, control y evaluación de mecanismos para impulsar la competitividad en el mismo y la atracción de inversión extranjera.

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