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Trámites

Inscripción en el Registro Público de Minería. Modalidad D. De las anotaciones judiciales preventivas derivadas de reclamaciones por negativa, rectificación, modificación, nulidad o cancelación de inscripciones.

Homoclave: SE-10-022-D Unidad: Dirección General de Minas

Índice

Sobre este trámite

¿Tienes una resolución judicial que ordene anotaciones judiciales preventivas derivadas de reclamaciones por negativa, rectificación, modificación, nulidad o cancelación de inscripciones? Inscribela en el Registro Público de Minería para que tenga efectos contra terceros.

Costo

$756.98

Requisitos

  1. Instrumento público.
  2. Carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante y testigos ante fedatario público o exhibir copia de la constancia de acreditamiento de personalidad, o indicar en el momento de su presentación la clave de R.F.C. de la persona acreditada ante dicho registro.
  3. Resolución expedida por autoridad judicial o administrativa correspondiente que contenga orden de la anotación judicial preventiva correspondiente.
  4. Comprobante de pago.
  5. Datos del solicitante
  6. CURP
  7. RFC
  8. Aviso de privacidad.
  9. Datos de inscripción en el Registro Agrario Nacional para ejidos o comunidades agrarias o Público de Minería para personas morales
  10. Domicilio para oír y recibir notificaciones.
  11. Datos del Representante Legal.
  12. Información del trámite
  13. Situación jurídica del solicitante dentro del procedimiento del que deriva la reclamación
  14. Datos de identificación del lote o lotes objeto de la concesión o concesiones afectadas
  15. Datos de inscripción del o de los lotes en el registro público de minería (en caso de conocerlos el solicitante)
  16. En su caso, nombre(s) y situación jurídica de la persona(s) afectada(s) por la resolución
  17. Indicación de la afectación a la(s) concesión(es) minera(s) o a sus derechos.
  18. Número de expediente y autoridad judicial o administrativa ante la cual se llevará el proceso de que se trate
  19. Firma del solicitante o representante legal.

Plazo de respuesta

21 días hábiles de respuesta

Vigencia

No aplica

Solicitante

  • Interesado
  • Representante legal
  • Otro: • Personas que hayan obtenido una resolución expedida por una autoridad judicial que contenga la anotación judicial preventiva derivada de reclamaciones por negativa, rectificación, modificación, nulidad o cancelación de inscripciones que afecten concesiones mineras o los derechos que de ellas deriven. • Representante legal.

Pasos

Presencial

  1. Descarga y llena el formato SE-FO-10-022-D Solicitud de inscripción en el Registro Público de Minería de anotaciones judiciales preventivas derivadas de reclamaciones por negativa, rectificación, modificación, nulidad o cancelación de inscripciones, de la liga: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/426610/_Folio_52__SE-FO-10-022-D_editable.pdf O a través de la siguiente liga del portal SIAM http://www.siam.economia.gob.mx/es/siam/p_Formatos.
  2. Realiza el pago por estudio y trámite en cualquier sucursal bancaria.
  3. Entrega el formato debidamente requisitado, con sus anexos en la oficialía de partes de la Dirección General de Minas ubicada en Calle Puente de Tecamachalco número 6, sótano, Colonia Lomas de Tecamachalco, Naucalpan de Juárez, Estado de México, C.P. 53950 o ingrésalo en cualquier Subdirección de Minería o Delegación Federal de la Secretaría de Economía del Estado en el que se encuentra el lote minero, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 14:00 horas.

En línea

  1. Efectuar el llenado del formato correspondiente al trámite, que podrá ser descargado del sitio web http://www.siam.economia.gob.mx/es/siam/p_Formatos;#, imprimirlo, firmarlo y digitalizarlo en formato PDF, con los anexos que se indiquen en el propio formato, asegurándose que los archivos no se encuentren dañados y sean legibles.
  2. Es necesario se elabore y se acompañe al formato debidamente requisitado, un escrito libre firmado por el particular o representante legal debidamente acreditado, según aplique, en que deberá señalar un número telefónico de contacto y designar al menos una persona como enlace, especificando el correo electrónico respectivo, así como, en su caso, los nombres completos y cuentas de correo electrónico de las personas de las que válidamente se recibirá la información o consultas relacionadas con su trámite o procedimiento, asimismo, se deberá manifestar expresamente su conformidad para recibir información y notificaciones relacionadas con su solicitud a través de las cuentas de correo electrónico designadas.
  3. Para la presentación del trámite, el interesado debe ingresar al sitio web de su correo personal, adjuntar archivo PDF que corresponda al trámite con sus anexos y el escrito libre descrito en la acción anterior y enviarlos a la dirección de correo electrónico de la Dirección General de Minas: tramitesdgm@economia.gob.mx. El interesado deberá asegurarse que el conjunto de archivos que pretenda remitir no exceda de 20 MB; para el caso de que sí exceda dicho límite, podrá: 1) adjuntar la liga de acceso a la misma para su descarga con los permisos correspondientes, así como un índice, especificando los documentos, número de fojas que incluyen, y tamaño de los archivos que se incluyen en dicha liga, o 2) separar la información en diversos archivos y enviarla en correos subsecuentes y deberán ir numerados en orden respectivo o cronológicamente para su debida identificación. En caso de que el índice no coincida con los archivos, la solicitud se considerará como no presentada, y se notificará lo correspondiente al s
  4. En todas las comunicaciones donde se habiliten correos electrónicos para su recepción, la Dirección General de Minas (DGM), a más tardar al día hábil siguiente, acusará de recibido y asignará un folio de seguimiento para su identificación. En ese sentido, el interesado, deberá acusar de recibido esta y todas las comunicaciones y/o notificaciones subsecuentes. Con independencia de lo anterior, en caso de no recibir acuse por parte del particular o solicitante, las notificaciones se entenderán realizadas a partir de la fecha y hora en que se reciba la confirmación de mensaje entregado, recibido, retransmitido y/o leído, o cualquier otra confirmación de que el mensaje se transmitió correctamente conforme a los sistemas de correo electrónico de la Secretaría. Será responsabilidad de los promoventes mantener actualizados a sus enlaces, así como las cuentas de correo designadas. Se presumirá que toda la documentación que se envía digitalizada fue escaneada de sus originales o copias certificadas, sin embargo, la Di

Correo electrónico

  1. Efectuar el llenado del formato correspondiente al trámite, que podrá ser descargado del sitio web http://www.siam.economia.gob.mx/es/siam/p_Formatos;#, imprimirlo, firmarlo y digitalizarlo en formato PDF, con los anexos que se indiquen en el propio formato, asegurándose que los archivos no se encuentren dañados y sean legibles.
  2. Es necesario se elabore y se acompañe al formato debidamente requisitado, un escrito libre firmado por el particular o representante legal debidamente acreditado, según aplique, en que deberá señalar un número telefónico de contacto y designar al menos una persona como enlace, especificando el correo electrónico respectivo, así como, en su caso, los nombres completos y cuentas de correo electrónico de las personas de las que válidamente se recibirá la información o consultas relacionadas con su trámite o procedimiento, asimismo, se deberá manifestar expresamente su conformidad para recibir información y notificaciones relacionadas con su solicitud a través de las cuentas de correo electrónico designadas.
  3. Para la presentación del trámite, el interesado debe ingresar al sitio web de su correo personal, adjuntar archivo PDF que corresponda al trámite con sus anexos y el escrito libre descrito en la acción anterior y enviarlos a la dirección de correo electrónico de la Dirección General de Minas: tramitesdgm@economia.gob.mx. El interesado deberá asegurarse que el conjunto de archivos que pretenda remitir no exceda de 20 MB; para el caso de que sí exceda dicho límite, podrá: 1) adjuntar la liga de acceso a la misma para su descarga con los permi|sos correspondientes, así como un índice, especificando los documentos, número de fojas que incluyen, y tamaño de los archivos que se incluyen en dicha liga, o 2) separar la información en diversos archivos y enviarla en correos subsecuentes y deberán ir numerados en orden respectivo o cronológicamente para su debida identificación. En caso de que el índice no coincida con los archivos, la solicitud se considerará como no presentada, y se notificará lo correspondiente al solicitante en un término que no exceda de cinco días hábiles, para que, en su caso, presente de nueva cuenta el trámite o procedimiento correspondiente. Durante la sustanciación de los trámites o procedimientos, la información remitida por los particulares no se considerará recibida por parte de DGM cuando los archivos se encuentren dañados, sean ilegibles, contengan virus o no se puedan abrir, en tal caso, se prevendrá al particular de tales hechos, sin afectar el cómputo de los plazos para la atención de los requerimientos. Los plazos para la Secretaría no correrán hasta que no se reciban adecuadamente los documentos, conforme a los términos y plazos correspondientes.
  4. En todas las comunicaciones donde se habiliten correos electrónicos para su recepción, la Dirección General de Minas (DGM), a más tardar al día hábil siguiente, acusará de recibido y asignará un folio de seguimiento para su identificación. En ese sentido, el interesado, deberá acusar de recibido esta y todas las comunicaciones y/o notificaciones subsecuentes. Con independencia de lo anterior, en caso de no recibir acuse por parte del particular o solicitante, las notificaciones se entenderán realizadas a partir de la fecha y hora en que se reciba la confirmación de mensaje entregado, recibido, retransmitido y/o leído, o cualquier otra confirmación de que el mensaje se transmitió correctamente conforme a los sistemas de correo electrónico de la Secretaría. Será responsabilidad de los promoventes mantener actualizados a sus enlaces, así como las cuentas de correo designadas. Se presumirá que toda la documentación que se envía digitalizada fue escaneada de sus originales o copias certificadas, sin embargo, la Dirección General de Minas podrá, en cualquier momento, solicitar la documentación para cotejo en caso de considerarlo necesario.

Formato

  • Solicitud de inscripción en el Registro Público de Minería de anotaciones judiciales preventivas derivadas de reclamaciones por negativa, rectificación, modificación, nulidad o cancelación de inscripciones
  • http://www.siam.economia.gob.mx/es/siam/p_Formatos

Autoridades responsables

  • Abogado del Área de Quejas
  • Titular del Área de Quejas, Denuncias e Investigaciones del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía
  • DIRECTORA DE REGISTRO PÚBLICO DE MINERIA Y DERECHOS MINEROS

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