Atribuciones

  1. Diseñar y proponer a su superior jerárquico políticas públicas que promuevan la modernización y operación eficiente del comercio interior, los servicios relacionados con el sector de tecnologías de información, la innovación, el desarrollo logístico y de cadenas de suministro, la economía digital, implementarlas, difundirlas y evaluarlas en coordinación con los entes públicos y privados;
  2. Conducir acciones de promoción y desarrollo de la innovación, el comercio interior, los servicios relacionados con el sector de tecnologías de información y la logística, así como procurar la celebración y administración de los instrumentos jurídicos o financieros correspondientes;
  3. Fomentar, apoyar y coordinar la integración, asociación y organización entre comerciantes, proveedores y distribuidores mayoristas y minoristas, los sistemas de distribución, el comercio interior, y el comercio digital;
  4. Promover el desarrollo e implementación de los instrumentos, avances tecnológicos y nuevos modelos de negocios para el desarrollo de las operaciones comerciales y de servicios, a través de medios electrónicos, ópticos o cualquier otra tecnología, así como el desarrollo del sector de tecnologías de información y servicios relacionados;
  5. Promover y desarrollar estrategias para habilitar los procesos de negocio, tales como la producción, comercialización, proveeduría, entre otros, a través del uso y aprovechamiento de las tecnologías de información y servicios relacionados;
  6. Coordinar, articular, promover y realizar las acciones orientadas a diseñar estrategias que en materia de innovación, logística y economía digital realice la Secretaría;
  7. Promover, con las autoridades federales, de las entidades federativas y municipales, y con cámaras de comercio, su confederación y organismos empresariales, el desarrollo del comercio urbano, rural y electrónico, así como promover el desarrollo de lonjas, centros de distribución y sistemas comerciales y de servicios locales o regionales;
  8. Promover e implementar estrategias, programas de financiamiento, estímulos, apoyos, ferias, exposiciones, congresos y otros eventos que contribuyan al desarrollo del sector comercial y de servicios, la innovación, la logística, la economía digital y el sector de tecnologías de información y servicios relacionados, en coordinación con las dependencias y entidades competentes;
  9. Diseñar y ejecutar estrategias, programas e instrumentos que incentiven la innovación, entendida como la generación de un nuevo producto, diseño, proceso, servicio, método u organización, o la adición de valor a los existentes;
  10. Participar en comisiones, negociaciones comerciales internacionales, comités, grupos de trabajo y órganos o consejos directivos de las instituciones y organismos que atiendan asuntos vinculados con el comercio interior, los servicios relacionados con el sector de tecnologías de información, la innovación, la logística, la información de mercados y la economía digital;
  11. Coordinar un sistema de información de precios al mayoreo de mercados de productos agropecuarios y pesqueros;
  12. Promover la integración de los Comités de Abasto Privado Estatales y participar en el restablecimiento del abasto privado en las zonas afectadas por situaciones de emergencia, para el flujo de productos desde y hacia las zonas afectadas;
  13. Colaborar en el desarrollo y, en su caso, vigilancia del cumplimiento de las leyes, tratados comerciales internacionales, acuerdos de complementación económica, decretos, reglamentos, acuerdos y demás ordenamientos generales de su competencia, en coordinación con las unidades administrativas de la Secretaría y las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal involucradas, en las materias de su competencia, conforme a los procedimientos, criterios y disposiciones aplicables y, en su caso, emitir las recomendaciones necesarias;
  14. Solicitar, cuando así se requiera, a empresas, organismos, dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, la información y documentación necesaria, en el ámbito de sus funciones, que facilite o propicie el desarrollo del comercio interior, los servicios relacionados con el sector de tecnologías de la información, la innovación, la logística y la economía digital;
  15. Ejercer las atribuciones que en materia de protección de datos personales en posesión de particulares le correspondan a la Secretaría, conforme a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de los Particulares, su Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables y cumplir con las obligaciones impuestas por dichas disposiciones, así como promover y desarrollar estrategias para difundir y fomentar el conocimiento de esta actividad entre la iniciativa privada nacional e internacional con actividad comercial;
  16. Cumplir con las obligaciones de la Secretaría en materia de prácticas comerciales que deriven en una sana convivencia entre los productores, detallistas, tiendas departamentales, cámaras y demás entidades involucradas en la producción y distribución de bienes y servicios, en beneficio de la productividad y competitividad;
  17. Aplicar y vigilar el cumplimiento de la Ley Federal de Protección al Consumidor en lo relativo a los sistemas de comercialización consistentes en la integración de grupos de consumidores que aportan periódicamente sumas de dinero para ser administradas por un tercero, otorgar la autorización de terceros especialistas y auditores externos para la revisión de dichos sistemas e iniciar los procedimientos administrativos de revocación de autorizaciones;
  18. Cumplir con las obligaciones en materia de protección al consumidor en el ámbito de su competencia, promoviendo y fomentando acciones que faciliten el acceso a bienes y servicios en condiciones de equidad;
  19. Integrar, administrar y actualizar el Padrón de Comercializadores Confiables en coordinación con la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, y demás dependencias competentes, en términos de lo dispuesto en el artículo 115 Bis de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; y
  20. Resolver sobre las consultas y solicitudes que formulen los particulares en la materia de su competencia.

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