Atribuciones

Las atribuciones de la Unidad de Administración y Finanzas son:

  1. Dirigir, regular y evaluar, de conformidad con las disposiciones aplicables y de acuerdo con el modelo organizacional básico establecido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, las políticas, normas, criterios, lineamientos, sistemas y procesos para la administración de los recursos humanos, materiales, de archivos, contabilidad, financieros y de tecnologías de la información de las unidades administrativas, de los órganos administrativos desconcentrados y de los entes que conforman el sector paraestatal coordinado por la Secretaría
  2. Promover y ejecutar las estrategias, lineamientos, criterios y procesos que defina la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, u otra autoridad competente, a las que se deban sujetar las unidades administrativas y sus órganos administrativos desconcentrados, así como orientar y coordinar las acciones del sector coordinado por la Secretaría cuando corresponda, en relación con el Plan Nacional del Desarrollo y los programas que se deriven del mismo, así como con los programas de austeridad y disciplina hacendaria;
  3. Coordinar las actividades de programación, presupuesto y gasto de la Unidad, el de las unidades administrativas que le estén adscritas, y las demás vinculadas con su competencia, en relación con las unidades administrativas de la Secretaría, los órganos administrativos desconcentrados y las entidades del sector bajo la coordinación de la Secretaría;
  4. Coordinar la integración de la información de la dependencia y del sector coordinado por esta, requerida por la Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, u otra autoridad competente;
  5. Emitir los lineamientos para la elaboración, actualización y dictamen de los manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público de la Secretaría, así como de los formatos que deban inscribirse en el Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios;
  6. Suscribir los nombramientos de los servidores públicos de la Secretaría conforme a las disposiciones aplicables;
  7. Someter a la consideración de la persona Titular de la Secretaría, previa opinión de la persona Titular de la Unidad de Apoyo Jurídico y demás autoridades competentes, el Reglamento Interior de la Secretaría o sus modificaciones, el Manual de Organización General de la Secretaría y los demás manuales de procedimientos y de servicios al público que deba expedir la persona Titular de la Dependencia;
  8. Conducir las relaciones laborales de la Secretaría y vigilar la aplicación de la normativa en la materia;
  9. Proponer a la persona Titular de la Secretaría, previa validación de la persona Titular de la Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, las Condiciones Generales de Trabajo, así como vigilar su cumplimiento y difundirlas entre los servidores públicos de la Secretaría, de conformidad con las disposiciones aplicables;
  10. Proponer a la persona Titular de la Secretaría la capacitación y profesionalización del personal de la Secretaría para el buen desempeño de sus labores y el mejoramiento de sus condiciones económicas, sociales y culturales;
  11. Presidir los comités de adquisiciones, arrendamientos y servicios, obra pública, de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés, la Comisión Mixta de Escalafón, y los demás organismos colegiados que de acuerdo con sus atribuciones deba coordinar o presidir;
  12. Vigilar que las adquisiciones, arrendamientos, servicios, obra pública y servicios relacionados con esta, además de las enajenaciones de la Secretaría, cumplan con las disposiciones aplicables y, en su caso, suscribir los contratos en las materias señaladas y demás documentos que impliquen actos de administración, de conformidad con las disposiciones aplicables;
  13. Dirigir los procesos de adquisición y suministro de bienes y servicios específicos necesarios para la Unidad, así como de aquellos orientados al desarrollo de los programas que ejecuten las unidades administrativas y los órganos administrativos desconcentrados, así como, a petición de parte, orientar en estas materias al sector coordinado de la Secretaría, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, salvo aquellos procesos que coordine y ejecute de manera consolidada la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
  14. Informar a la persona Titular de la Secretaría y a la persona Titular de la Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, respecto de los procesos de adquisición y suministro de bienes y servicios específicos a realizar, así como de aquellos que se hayan ejecutado para las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría;
  15. Suscribir contratos, convenios, acuerdos y demás documentos que impliquen actos de administración o dominio, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
  16. Integrar la detección y diagnóstico de necesidades institucionales en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obra pública, de conformidad con la metodología definida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
  17. Elaborar y ejecutar el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Secretaría, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables, así como orientar en lo conducente al sector paraestatal coordinado por esta, a petición de parte;
  18. Presentar a la persona Titular de la Secretaría para su consideración y, en su caso, aprobación, la propuesta de anteproyecto de presupuesto de la Secretaría el cual será integrado con la participación de las unidades administrativas responsables del gasto y con la información que presenten las entidades paraestatales que se ubican en el sector coordinado por la Secretaría;
  19. Fungir como responsable del proceso de mejora regulatoria de la Secretaría de conformidad con las disposiciones legales aplicables;
  20. Coordinar los mecanismos y acciones que permitan ofrecer orientación y atención a la ciudadanía respecto de los programas, trámites y servicios que ofrece la Secretaría;
  21. Supervisar la elaboración y ejecución del Programa Interno de Protección Civil de cada uno de los inmuebles de la Secretaría para la salvaguarda del personal, instalaciones, bienes e información;
  22. Establecer el sistema de comunicación interna, con la participación de la Oficina de Comunicación Social;
  23. Administrar y controlar el funcionamiento de los archivos, las bibliotecas, hemerotecas, áreas protocolarias, recintos, galerías y museos de la Secretaría o aquellas que se encuentren a cargo de esta;
  24. Dirigir la planeación y organización de los eventos públicos y privados en los que intervenga la persona Titular de la Secretaría o aquellos que en cumplimiento a sus atribuciones se deban realizar;
  25. Promover y propiciar el cumplimiento al Código de Ética de los servidores públicos de la Administración Pública Federal y de Conducta de la Secretaría;
  26. Dirigir las acciones orientadas a incorporar la perspectiva de género en la cultura organizacional y en el diseño, planeación y ejecución de los programas a cargo de la Secretaría y orientar lo procedente en los términos de sus atribuciones de coordinación sectorial, y
  27. Las demás que le defina la persona Titular de la Secretaría, la persona Titular de la Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o le confieran las disposiciones aplicables.

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