Atribuciones

  1. Diseñar, en el ámbito de su competencia, y proponer a la persona Titular de la Secretaría la política de promoción del comercio exterior y atracción de inversión extranjera que le corresponda a la Administración Pública Federal;
  2. Proponer al superior jerárquico, previo conocimiento de la opinión de la Secretaría de Energía, los instrumentos, programas y políticas en materia de fomento al comercio exterior y atracción de inversión extranjera directa, así como la elaboración de proyectos de estrategias de inversión para el fomento a la participación directa de empresas mexicanas para llevar a cabo, por sí mismas o con empresas extranjeras, actividades en la industria de hidrocarburos y eléctrica;
  3. Coordinar, con las autoridades competentes de la Administración Pública Federal, el flujo de información útil para la identificación de oportunidades de negocio e inversión extranjera;
  4. Coordinar, en términos de la Ley de Comercio Exterior, la participación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas, en las actividades de promoción del comercio exterior, así como concertar acciones en la materia con el sector privado;
  5. Coadyuvar en las negociaciones comerciales del Estado mexicano con organismos internacionales que involucren la promoción, cooperación y desarrollo del comercio exterior, así como la atracción de inversión extranjera; lo anterior, con la participación y cooperación de las demás autoridades competentes de la Administración Pública Federal;
  6. Ejecutar la política de atracción de inversión extranjera, en el ámbito de la competencia de la Secretaría; lo anterior, sin menoscabo de las atribuciones que tengan otras autoridades competentes de la Administración Pública Federal, y con la participación y cooperación de estas;
  7. Coordinar las acciones de promoción de la actividad exportadora y de atracción de inversión extranjera directa, así como la colaboración que, en estas materias, proporcionan a la Secretaría las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los gobiernos de las entidades federativas y los sectores privado y social;
  8. Planear acciones de concertación con agrupaciones científicas y académicas, así como con el sector privado y la sociedad civil, para la promoción de inversión extranjera y para el comercio internacional;
  9. Coordinar sus acciones con otras unidades administrativas de la Secretaría para diseñar modelos de negocios y de mecanismos que tengan por objeto fomentar el acceso de empresas mexicanas a mercados internacionales;
  10. Definir, atendiendo la opinión de la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior, los criterios y acciones para introducir los productos mexicanos y las empresas nacionales en las cadenas internacionales de valor;
  11. Definir criterios para identificar proyectos de negocios nacionales e internacionales de vinculación y desarrollo de cadenas de proveedores nacionales;
  12. Planear acciones y estrategias de negocios internacionales enfocados a proyectos que originen crecimiento estratégico, a fin de que las empresas mexicanas inicien o consoliden sus exportaciones;
  13. Coordinar a otras unidades administrativas de la Secretaría en la determinación de las prioridades y estrategias de promoción de la industria nacional, con un enfoque de internacionalización e inserción en las cadenas globales de valor;
  14. Contribuir a la definición de la información normativa, estadística, administrativa y logística que la Secretaría ponga a disposición de los:
    1. Productores, comerciantes, distribuidores y exportadores mexicanos, con un enfoque a micro, pequeñas y medianas empresas, para la colocación de sus productos y servicios en los mercados, e
    2. Inversionistas extranjeros, con un enfoque útil, para potenciar y facilitar el establecimiento de su capital en el país;
  15. Impulsar el uso de nuevas tecnologías y otras acciones que contribuyan a incrementar la productividad de alta calidad de los exportadores, así como la atracción de inversión extranjera directa, que contribuyan a la transferencia e innovación tecnológica y al incremento de la competitividad de las empresas mexicanas, siempre tomando en cuenta a la micro, pequeña y mediana empresa;
  16. Colaborar, con otras autoridades de la Administración Pública Federal competentes y, en su caso, con los sectores productivos privados, en la difusión de información que auxilie en la toma de decisiones a:
    1. Productores, comerciantes, distribuidores y exportadores nacionales, especialmente a las micro, pequeñas y medianas empresas, en la colocación de sus productos y servicios en el mercado global, e
    2. Inversionistas extranjeros, para ubicar segmentos o sitios en los cuales puedan invertir su capital en territorio nacional;
  17. Coordinar la atención de las peticiones que otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal dirijan a la Secretaría solicitando asesoría y capacitación en materias de promoción comercial del país en el extranjero;
  18. Coordinar la elaboración de análisis y estudios sobre la normativa relativa al fomento económico y comercial, a la promoción de las empresas y productos mexicanos, y a la industria nacional, con un enfoque en la internacionalización y en la inserción en las cadenas globales de valor;
  19. Coadyuvar, con otras unidades administrativas de la Secretaría y autoridades competentes de la Administración Pública Federal, en el ámbito de su competencia, para el cumplimiento de las disposiciones contempladas en la Ley de Inversión Extranjera y las contenidas en las normas administrativas que derivan de esta;
  20. Diseñar y proponer al superior jerárquico, proyectos de instrumentos jurídicos y estadísticos, lineamientos y mecanismos que tengan por objeto el difundir, promover, atraer y retener la inversión extranjera, así como la promoción de la inversión extranjera en México;
  21. Resolver las consultas que formulen a la Secretaría las empresas extranjeras, en materia de importación y de inversión extranjera;
  22. Coordinar la operación del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, en términos de las disposiciones aplicables, e impulsar la utilización de plataformas tecnológicas para la atención de la inversión extranjera;
  23. Representar, en el ámbito de su competencia, a la Secretaría en foros nacionales e internacionales relacionados con la atracción de inversión extranjera, siempre que no exista designación específica o exclusiva por parte de la persona Titular de la Secretaría a otra unidad administrativa, y con la intervención que corresponda a otras dependencias de la Administración Pública Federal competentes;
  24. Proponer a la Unidad de Apoyo Jurídico y a la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, anteproyectos de iniciativas de leyes o decretos, así como de disposiciones jurídicas, en el ámbito de su competencia;
  25. Dirigir las acciones conducentes en el ámbito de su competencia, para apoyar a la Secretaría de Turismo en la promoción y fomento de proyectos de desarrollo turístico y para el establecimiento de servicios turísticos en términos de lo dispuesto en el artículo 7, fracción VI de la Ley General de Turismo, y
  26. Evaluar y emitir opiniones acerca de las propuestas que presenten los sectores comercial e industrial a la Secretaría, así como formular mecanismos y procesos para la colaboración con gobiernos y organismos extranjeros, a efecto de que se sometan a la consideración del Consejo Consultivo para el Fomento de la Industria de Hidrocarburos Nacional y del Consejo Consultivo para el Fomento de la Industria Eléctrica Nacional, con la finalidad de crear programas para el fomento a la inversión.

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